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lunes, 30 de marzo de 2015

COMENTARIOS SOBRE LA LLAMADA LEY MORDAZA Y OTROS RECORTES CONSTITUCIONALES

El vicio de recortar se está convirtiendo en un mal endémico para los que nos gobiernan o mal-gobiernan, de tal forma que como los Servicios Sociales ya se han quedado como un eral, ahora atacan a lo más delicado y arraigado de una democracia, es decir, a las Leyes que protegen a los Ciudadanos en su Libertad de expresión, en su Libertad de asociación o en su Libertad de manifestación. El descaro para tomar medidas que nos retrotraen a otros tiempos que considerábamos lejanos, es exagerado y autoritario y apoyándose en la mayoría absoluta se pasa el rodillo sin miramientos, no sobre los Diputados del Congreso, sino sobre el Pueblo llano. Cabe preguntarse, si una mayoría absoluta tiene derecho a convertirse en una dictadura. En mi opinión no y deberían adecuarse las Leyes de forma que esto fuese totalmente imposible. La democracia no es la solución absoluta, pero de momento es lo mejor que conocemos.

Este Gobierno no va a pasar a la historia precisamente por su apoyo a las Libertades esenciales, sino más bien por todo lo contrario.Les da igual que los Derechos conseguidos tras muchos años se vean cercenados y por poner algún ejemplo me refiero a las Tasas Judiciales, dispuestos a implantarlas y que parece se han dado cuenta a tiempo para no llevar a efecto la medida, me refiero muy especialemanete a la Ley  (Ley de Seguridad Ciudadana),   que limita los derechos ciudadanos, como pueden ser los derechos de manifestación y reunión contemplados en la Constitución en su artículo 28 y otros muchos que puedes consultar en el siguiente enlace y que  han dado en llamar "Ley mordaza", como en su día les dió por llamar a una Ley mucho más permisiva promovida por el Ministro entonces Corcuera "Ley de patada en la puerta". Las cosas que dijeron los mismos que ahora nos gobiernan es para escribir un tratado spiquiátrico posiblemente.

El análisis de la Ley mencionada nos lleva a comentarios como el que sigue y redactado y publicado por "Grupo de Investigación de Problemáticas Sociales CNT-Valencia

"En primer lugar, en un proceso administrativo quien te denuncia es la propia Administración (a través de la policía), que al mismo tiempo es quien tiene que juzgar si efectivamente has cometido la infracción en caso de que recurras la multa. De modo que es juez y parte, lo cual evidencia a qué parte tenderá a darle la razón cuando juzgue. 
Es más, es muy probable que no sólo tenga interés en sancionarte porque sea ella misma quien te ha denunciado sino porque, en muchas ocasiones, además te habrá denunciado para reprimirte porque estabas protestando contra ella. Pero no sólo este hecho hace dudar de la imparcialidad del proceso sino que, tal y como está establecido en la Ley, una de las partes tiene de entrada más crédito que la otra. Esto es así ya que, aunque en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se afirma que los procedimientos sancionadores respetarán la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario, en el mismo artículo se establece que los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documento público observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados." 

O a este otro redactado por "Derechos humanos" antes de la aprobación de la misma. 

"MEDIDAS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN"

Los derechos de huelga y sindicación recogidos en el artículo 28 de la Constitución Española gozan de las siguientes medidas de protección, establecidas por la propia Constitución:

Cualquier ciudadano puede recabar la tutela de los derechos de huelga y sindicación recogidos en el artículo 28 de la Constitución española, ante los Tribunales ordinarios, por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad (art. 53.2 de la Constitución Española).

Cualquier ciudadano puede acudir, tras el cumplimiento de los requisitos y tramitaciones establecidas para ello, al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para la protección de los derechos de huelga y sindicación recogidos en el artículo 28 de la Constitución (art. 53.2 y art. 161.1.b de la Constitución Española).

Cabe el recurso de inconstitucionalidad contra las Leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley que vulneren los derechos de huelga y sindicación recogidos en el artículo 28 de la Constitución Española (artículo 53.1 y artículo 161.1.a) de la Constitución Española).

El Defensor del Pueblo se encuentra designado, en virtud de lo establecido en el artículo 54 de la Constitución Española, como alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos recogidos en el Título I de la Constitución, encuadrándose el artículo 28 de la Constitución dentro del mencionado Título I.

Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar el contenido esencial de los derechos de huelga y sindicación recogidos en el artículo 28 de la Constitución Española, podrá regularse el ejercicio de estos derechos (art. 53.1 de la Constitución Española).

El desarrollo normativo de los derechos de huelga y sindicación recogidos en el artículo 28 de la Constitución Española, debe realizarse mediante Ley Orgánica (art. 81.1 de la Constitución Española), que requiere un especial consenso parlamentario al exigirse, para su aprobación, modificación o derogación, mayoría absoluta del Congreso (art. 81.2 de la Constitución Española).

Se prohíbe la adopción de Decretos-Leyes que afecten a los derechos de huelga y sindicación recogidos en el artículo 28 de la Constitución Española (al igual que a cualquier otro derecho, deber o libertad recogida en el Título I de la Constitución), aun en los supuestos de extraordinaria y urgente necesidad en los que, para la regulación de otras materias, sí resulta procedente recurrir a los Decretos-leyes  (art. 86.1 de la Constitución Española).

El artículo 28 de la Constitución Española (al igual que ocurre con los demás preceptos del Capítulo II del Título I de la Constitución) vincula directamente a las Administraciones Públicas (sin necesidad de mediación del legislador ordinario ni de desarrollo normativo alguno), tal y como se desprende de la STC 80/1982.

Cualquier modificación de la regulación que establece la Constitución Española para los derechos de huelga y sindicación recogidos en su artículo 28 debería canalizarse a través de la vía de reforma constitucional gravada que establece el artículo 168 de la Constitución Española y que requiere de un gran consenso social ya que exige la aprobación de la correspondiente propuesta por mayoría de dos tercios de cada cámara parlamentaria (Congreso de los Diputados y Senado), la posterior disolución de las Cortes Generales, la posterior celebración de Elecciones generales, la nueva ratificación de la propuesta de modificación por mayoría de dos tercios de las cámaras parlamentarias formadas tras las correspondientes elecciones y, por último, la ratificación de la propuesta de modificación mediante referéndum."

Esta Ley daría para mucho más y desde luego es un auténtico misil a la línea de flotación de la propia Constitución.

Lo que ya supera cualquier línea es meter los hocicos en los medios de comunicación, volver a la contratación de lo más casposo de la TV  "pública" después de eliminar las medidas que garantizaban aunque fuese tímidamente la independencia informativa y como no tienen límite, se dice que presionando para que las cadenas de TV privadas cesen a profesionales que no se callan fácilmente e incomodan a los políticos gobernantes... Le pasó a Ana Pastor, a la corresponsal en Israel, a Jesús Cintora de Cuatro.... y así vamos. Esto en otro País se llamarían purgas y cuando la libertad de expresión no nos conviene la forma en la que se lleva a cabo en esos Países lo airean y lo sacan a relucir en cualquier parte sin miramientos ni ponerse colorados. No nombro a ninguno y así mejor, pero seguro que sabes de sobra a los que me estoy refiriendo y a los que descalifican continuamente incluyendo a aquellos que han tenido o tienen cualquier tipo de relación con ellos.

La Ley bautizada como "Ley Mordaza" es eso ni más ni menos. Incluye numerosas medidas para impedir que los Ciudadanos puedan ejercer su libertad y sin ella por mucho que se esfuercen no hay democracia.



miércoles, 27 de abril de 2011

COSPEDAL SIGUE SU GUERRA CONTRA ANA PASTOR

Cospedal carga contra Ana Pastor: "Yo contesto lo que quiero no lo que quiere el periodista"

María Dolores de Cospedal, secretaria general del PP,  aprovechó su paso por un desayuno informativo del diario ABC para cargar contra Ana Pastor, la presentadora de Los desayunos de TVE,
Daba a entender Cospedal que Pastor le repreguntó seis veces sobre el asunto. En realidad, el asunto no lo sacó Pastor, sino uno de los colaboradores del programa, el periodista Miguel Ángel Liso, quien preguntó a Cospedal sobre las continuas denuncias del PP sobre la falta de pluralidad de TVE.(Ver vídeo)
Cospedal respondió y cuando terminó Ana Pastor le preguntó entonces por el modelo de televisión que defiende el PP. Cospedal dijo: "Una televisión pública imparcial". Fue entonces cuando Pastor repreguntó: "Pero, ¿qué modelo?". Esa fue la única vez que repreguntó. Cuando Cospedal terminó su intervención, entonces la periodista de TVE expresó su opinión y ahí se originó la discusión
El PP acusa a RTVE de parcialidad en sus informaciones pero defiende los modelos de televisión pública de Madrid y Valencia.
 
 
 
 
 
El PP acusa a RTVE de parcialidad en sus informaciones pero defiende los modelos de televisión pública de Madrid y Valencia.

El "ce-ce, o-o" de Alfredo Urdaci 

El PP designó a dedo a la dirección de RTVE durante los gobiernos de José María Aznar, entre 1996 y 2004. En 2000, al frente de los Servicios Informativos de TVE situó al periodista navarro Alfredo Urdaci. Dos hechos marcaron su paso por el ente público.
El 24 de julio de 2003, la Audiencia Nacional condenó a la televisión pública, en una sentencia histórica, por "violación de los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical" a raíz de la información difundida sobre la huelga general del 20 de junio de 2002.
La imagen de Urdaci deletreando el nombre del sindicato CCOO en la lectura obligada del fallo en los telediarios lo caricaturizó desde entonces como paradigma de la manipulación informativa para la izquierda y los sindicatos. El tratamiento de los atentados del 11-M en la televisión pública coronó esta imagen.

martes, 26 de abril de 2011

ENFRENTAMIENTO DE COSPEDAL EN TVE CON PERIODISTAS

Ana Pastor y María Dolores de Cospedal han discutido en directo por la independencia de TVE.

Ana Pastor defiende ante Cospedal la imparcialidad de TVE

"Creo que en el ámbito de la información no se ve la imparcialidad que debía tener TVE" ha dicho Cospedal ante la periodista. "No está siendo imparcial desde el punto de vista político. Una televisión pública imparcial debería presumir de tener unos servicios informativos y unos instrumentos que sean de una objetividad meridiana", ha añadido. 

"Es un orgullo para los trabajadores de Televisión Española trabajar en esta etapa de libertad", le ha respondido Pastor. "Una cosa es su opinión personal y otra cómo está funcionando la televisión", le ha espetado la conservadora. "Yo no sé si usted representa a los trabajadores de TVE. Mi opinión no es personal, es la de mi partido. No confunda la opinión personal con lo que puede decir un partido". 
"Las encuestas y premios que ha recibido esta casa no dicen que sea la televisión de otras épocas, por cierto, del Partido Popular y del Partido Socialista", le ha contestado la periodista, que ha defendido que la televisión pública "es diferente" porque Cospedal "vendrá siempre que desee" a su programa porque TVE "es independiente".

"http://www.rtve.es/alacarta/videos/los-desayunos-de-tve/cospedal-discrepo-de-la-direccion-politica-de-tve/1083249/

NOTA: Podéis ver el vídeo y os recomiendo que lo veais, donde se producen las manifestaciones anteriores y algunas más bastante interesantes. Me parece bochornoso que se ataque a un medio de comunicación, aprovechándose del cargo que obstenta, sin tener a mi juicio razón y olvidándose de tiempos pasados no muy lejanos. Convendría recordar, que TVE actualmente no se rige por las mismas normas que hace tiempo y que no parece que tenga un sesgo hacia ninguna parte.
 Esta mujer, da la impresión de haber perdido el norte totalmente. Es mi opinión personal.