IU y ERC piden despenalizar el delito de injurias al Rey
EFE / MADRID - El grupo de ERC-IU-ICV ha presentado una iniciativa para despenalizar las injurias a la Corona, atendiendo al criterio utilizado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la sentencia que ha considerado desproporcionada la condena impuesta a Arnaldo Otegi por llamar al Rey "jefe de los torturadores".
Se trata de una proposición de Ley Orgánica para la reforma del Código Penal que han registrado conjuntamente los portavoces en el Congreso de ERC, Joan Ridao; IU, Gaspar Llamazares, y de ICV, Núria Buenaventura.
La reforma normativa que proponen consta de un único artículo, que establece la supresión de un apartado del artículos 490 y de todo el artículo 491 del Código Penal.
El punto 3 del 490 establece que "el que calumniare o injuriare" al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina o al Príncipe, sea "en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas", será castigado con seis meses a dos años de prisión si la calumnia o injuria fueran graves, y con multa de seis a doce meses si no lo son.
El artículo 491 consta de dos apartados, el primero de los cuales dice que las calumnias e injurias tipificadas en el anterior, fuera de los supuestos previstos, serán castigadas con multa de cuatro a veinte meses.
Prevé el segundo punto multa de seis a veinticuatro meses a quien "utilizare la imagen" del Rey, sus ascendientes o descendientes, la Reina o el Príncipe "de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona".
Todos estos preceptos legales desaparecerían del Código Penal si la propuesta de ERC-IU-ICV fuera aceptada por la Cámara.
¿Crees que habría que despenalizar este delito?. Opina y deja tu comentario
IU y ERC piden despenalizar el delito de injurias al Rey
EFE / MADRID - El grupo de ERC-IU-ICV ha presentado una iniciativa para despenalizar las injurias a la Corona, atendiendo al criterio utilizado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la sentencia que ha considerado desproporcionada la condena impuesta a Arnaldo Otegi por llamar al Rey "jefe de los torturadores".
Se trata de una proposición de Ley Orgánica para la reforma del Código Penal que han registrado conjuntamente los portavoces en el Congreso de ERC, Joan Ridao; IU, Gaspar Llamazares, y de ICV, Núria Buenaventura.
La reforma normativa que proponen consta de un único artículo, que establece la supresión de un apartado del artículos 490 y de todo el artículo 491 del Código Penal.
El punto 3 del 490 establece que "el que calumniare o injuriare" al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina o al Príncipe, sea "en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas", será castigado con seis meses a dos años de prisión si la calumnia o injuria fueran graves, y con multa de seis a doce meses si no lo son.
El artículo 491 consta de dos apartados, el primero de los cuales dice que las calumnias e injurias tipificadas en el anterior, fuera de los supuestos previstos, serán castigadas con multa de cuatro a veinte meses.
Prevé el segundo punto multa de seis a veinticuatro meses a quien "utilizare la imagen" del Rey, sus ascendientes o descendientes, la Reina o el Príncipe "de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona".
Todos estos preceptos legales desaparecerían del Código Penal si la propuesta de ERC-IU-ICV fuera aceptada por la Cámara.
Se trata de una proposición de Ley Orgánica para la reforma del Código Penal que han registrado conjuntamente los portavoces en el Congreso de ERC, Joan Ridao; IU, Gaspar Llamazares, y de ICV, Núria Buenaventura.
La reforma normativa que proponen consta de un único artículo, que establece la supresión de un apartado del artículos 490 y de todo el artículo 491 del Código Penal.
El punto 3 del 490 establece que "el que calumniare o injuriare" al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina o al Príncipe, sea "en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas", será castigado con seis meses a dos años de prisión si la calumnia o injuria fueran graves, y con multa de seis a doce meses si no lo son.
El artículo 491 consta de dos apartados, el primero de los cuales dice que las calumnias e injurias tipificadas en el anterior, fuera de los supuestos previstos, serán castigadas con multa de cuatro a veinte meses.
Prevé el segundo punto multa de seis a veinticuatro meses a quien "utilizare la imagen" del Rey, sus ascendientes o descendientes, la Reina o el Príncipe "de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona".
Todos estos preceptos legales desaparecerían del Código Penal si la propuesta de ERC-IU-ICV fuera aceptada por la Cámara.
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