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jueves, 22 de noviembre de 2012

TASAS JUDICIALES - LA DESIGUALDAD DE LA JUSTICIA

A estas barbaridades no me atrevo a ponerles adjetivos. Lee y tú mismo juzgas lo que creas oportuno.

Se supone que es el ministro “progre” del Gobierno y se ha descubierto como el más neocon de todos. Su propuesta de reforma de la Ley del aborto provocó  no solo la indignación de la izquierda de y de los colectivos feministas, sino que los profesionales de la medicina se llevaron las manos a la cabeza. Gallardón calcó los modelos de las ultracatólicas Irlanda y Malta: para él y para el PP el aborto es delito y volverá a ser delito. Pero Alberto Ruiz-Gallardón pasará a la historia de España como el ministro de Justicia que consagró un pincipio profundamente injusto en sí mismo: la desigualdad ante la Ley, porque no todos los ciudadanos tendrán las mismas oportunidades para acceder a la Justicia. Los más desfavorecidos, los que menos tienen, ni siquiera podrán reclamar ante los tribunales.

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 Tasas Judiciales

Disparates injustificables

 Dice Gallardón que con su reforma se quiere acabar con el colapso en los juzgados y que no se presenten denuncias porque sí. Pero su ‘reforma’, sacada adelante con el rodillo de la mayoría absoluta del PP, supone la ruptura abrupta y total con el concepto de servicio público de la Justicia que se tenía en España.

Basten algunos ejemplos para demostrar el disparate del ‘Gallardonazo’: para recurrir una multa de tráfico que no implique retirada de puntos y que sea inferior a cien euros, a partir de mañana habrá que pagar una tasa de 200 euros. ¿Alguien recurrirá ese tipo de multas? obviamente no y, obviamente el Gobierno se dispone a recaudar a mansalva con los multas de tráfico.

Pero hay otros ejemplos más dramáticos, si alguien sufre un accidente de tráfico en el que quede tretapléjico, para reclamar a los Tribunales una indemnización tendrá que empezar pagando ¡6.000 euros! Es decir, derechos solo para los ricos.
Así quedarán algunas tasas judiciales después de lo que no me atrevo a llamar de ninguna manera.

(La información principal ha sido extraída del Diario El País.)



» Divorcio, 300 euros más el porcentaje sobre los bienes.

 Los asuntos de familia están exentos de tasa, pero no todos: solo aquellos que impliquen a menores o a “procesos matrimoniales sobre guarda y custodia de menores y pensión por alimentos”, o los referidos a filiaciones (reconocimientos de paternidad), entre otros. Un divorcio ordinario conllevará una tasa de 300 euros (más la variable, resultante de multiplicar 0,5% por el valor de los bienes que se reclamen). Si la demanda de custodia y pensión se presenta dentro del divorcio, pagará tasa; si se presenta de forma separada, no

Multas de tráfico: 200 euros por una multa de 100.

Una demanda en procedimiento abreviado contra la Administración por una multa de tráfico serán 200 euros. En este caso se produce la paradoja de que, por ejemplo, si la demanda es contra una multa de tráfico de 100 euros, el ciudadano pagaría mucho más en tasas (el doble) que lo que aspira a recibir si le dan la razón y le anulan la multa. E infinitamente más si la sentencia es adversa y él recurre ante el Tribunal Superior (800 euros) o incluso llega hasta el Supremo (1.200 euros). Se podría producir así un efecto perverso, según todos los colectivos que critican la ley: que el ciudadano desistiese de pelear en los juzgados contra una sanción de la propia Administración, que es la que le disuade imponiendo la tasa.

En Justicia responden que, aunque en efecto este es un caso muy llamativo y real, “ese ciudadano se gasta bastante más en pagar al abogado y al procurador”, y que si finalmente el tribunal le da la razón recuperará el dinero de la tasa. Aducen, además, que muchos de los recursos por multas de tráfico constituyen uno de los ejemplos de “abuso” de quienes utilizan los juzgados sin pensar “en lo que cuestan al Estado”.

»Pleito por una deuda: 100 euros... o hasta 1.200.

 El recurso más común en España (650.000 asuntos el año pasado) es el monitorio, en el que se reclama una cantidad de dinero, por ejemplo, por deudas entre particulares. Presentar una demanda en procedimiento monitorio tendrá una tasa inicial de 100 euros; si se recurre la sentencia, 800 euros o hasta 1.200 euros (en caso de que llegue al Supremo).

» Denuncia contra el banco por preferentes: 940 euros.

El Consejo General de la Abogacía facilitó ayer este ejemplo práctico: un jubilado que denuncie la pérdida de sus ahorros por las preferentes, si no prosperara la vía penal y tuviera que acudir a la vía civil, tendría que pagar 940 euros (los 300 de tasa fija más la variable) para reclamar una cuantía de 128.000 euros.

» Recurso por despido: 500 euros, aunque paga más la empresa.

 La jurisdicción de lo social estaba excluida hasta ahora de las tasas que pagaban las empresas. Ahora sigue excluida en primera instancia, pero no en segunda. El recurso contra una sentencia de despido ante el Tribunal Superior costará 500 euros en tasas; el segundo, ante el Supremo, 750 euros. En realidad, el PP accedió a cambiar este punto durante la tramitación parlamentaria de la ley (ante la avalancha de críticas recibidas en un momento en el que se multiplican los procedimientos de despido), de modo que queda así: si es el trabajador el que recurre, solo pagará el 40% de esa cuantía; la empresa sí pagará el 100%, así como el comité de empresa en casos de demandas colectivas por expedientes de regulación de empleo (ERE).



Comparativa con anteriores tasas

CIVIL

Verbal y cambiario: De 90 a 150 euros

Ordinario: De 150 a 300 euros

Monitorio y demanda incidental en el proceso concursal: De 50 a 100 euros

Ejecución extrajudicial. De 150 a 200 euros

Concurso necesario: De 150 a 200 euros

Apelación: De 300 a 800 euros

Casación y de Infracción procesal: De 600 a 1.200 euros

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Abreviado: De 120 a 200 euros

Ordinario: De 210 a 350 euros

Apelación: De 300 a 800 euros

Casación: de 600 a 1.200 euros

SOCIAL

Suplicación: De 0 a 500 euros

Casación: De 0 a 750 euros

* La variación se aplicará a las grandes empresas. Hasta ahora, las personas físicas estaban exentas del pago de estas tasas.